Tres críticas a Kant y sus válvulas de escape para no repetir Auschwitz

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DOI:

https://doi.org/10.17227/pys.num61-20132

Palabras clave:

dignidad humana, estética, educación, ética, filosofía

Resumen

Este artículo de reflexión, el cual se deriva de una investigación, hace alusión a la teoría kantiana para problematizar aquellos elementos que podrían dar lugar a la repetición de prácticas excluyentes como las acontecidas en Auschwitz. De esta forma, se exponen las ideas de Kant que ayudarían a evitar este tipo de genocidios, las cuales se abordarán a partir de tres críticas basadas en el libro El Sueño de Eichmann de Michel Onfray. Primero, se tratará la crítica que se le hace al filósofo de promover la idea de la “obediencia a ciegas” y su negativa al derecho de rebelión. En respuesta, se sostiene que, si bien el mandato ético implica el acatamiento a las leyes, estas están inspiradas en una forma de gobierno republicana y no en el marco de un totalitarismo, razón por la que la educación en Kant ha de estar orientada hacia el cultivo de la razón y la crítica. Segundo, se muestra aquella crítica, según la cual, la dignidad en un sentido kantiano no es inalienable y que, antes bien, ha justificado prácticas excluyentes derivadas en exterminios. Ante este punto, se sustentará que dicha dignidad no se viste de clase social y se puede potenciar con la educación. Finalmente, está la crítica a la “idea alejada de la realidad” que tiene Kant. Como válvula de escape, se plantea la importancia de una formación sobre lo bueno, lo bello y lo verdadero. Se concluye que Kant sigue vigente para reflexionar pedagógicamente sobre problemas contemporáneos como la posible repetición de Auschwitz.

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Recibido: 1 de octubre de 2023; Aceptado: 19 de abril de 2024

Resumen

Este artículo de reflexión, el cual se deriva de una investigación, hace alusión a la teoría kantiana para problematizar aquellos elementos que podrían dar lugar a la repetición de prácticas excluyentes como las acontecidas en Auschwitz. De esta forma, se exponen las ideas de Kant que ayudarían a evitar este tipo de genocidios, las cuales se abordarán a partir de tres críticas basadas en el libro El Sueño de Eichmann de Michel Onfray. Primero, se tratará la crítica que se le hace al filósofo de promover la idea de la “obediencia a ciegas” y su negativa al derecho de rebelión. En respuesta, se sostiene que, si bien el mandato ético implica el acatamiento a las leyes, estas están inspiradas en una forma de gobierno republicana y no en el marco de un totalitarismo, razón por la que la educación en Kant ha de estar orientada hacia el cultivo de la razón y la crítica. Segundo, se muestra aquella crítica, según la cual, la dignidad en un sentido kantiano no es inalienable y que, antes bien, ha justificado prácticas excluyentes derivadas en exterminios. Ante este punto, se sustentará que dicha dignidad no se viste de clase social y se puede potenciar con la educación. Finalmente, está la crítica a la “idea alejada de la realidad” que tiene Kant. Como válvula de escape, se plantea la importancia de una formación sobre lo bueno, lo bello y lo verdadero. Se concluye que Kant sigue vigente para reflexionar pedagógicamente sobre problemas contemporáneos como la posible repetición de Auschwitz.

Palabras clave:

dignidad humana, estética, educación, ética, filosofía.

Abstract

This reflective article, derived from research, alludes to Kantian theory to problematize those elements that could lead to the repetition of exclusionary practices such as those that occurred in Auschwitz. In this way, it present Kant’s ideas that could help prevent such genocides are presented, addressed through three criticismsBased on Michel Onfray’s book Eichmann’s Dream. First, the criticism of the philosopher for promoting the idea of “blind obedience” and his rejection of the right to rebellion is discussed. In response, it is argued that while ethical mandate involves adherence to laws, these are inspired by a republican form of government, not totalitarianism. Thus, Kant’s education should be oriented towards cultivating reason and criticism. Second, it is shown that dignity in a Kantian sense is not inalienable and has justified exclusionary practices resulting in exterminations. In response, it is argued that such dignity is not tied to social class and can be enhanced through education. Finally, the criticism of Kant’s “detached from reality” Idea is addressed. As an escape valve, the importance of education about the good, the beautiful, and the true is proposed. It is concluded that Kant remains relevant for pedagogically reflecting on contemporary issues, such as the potential repetition of Auschwitz.

Keywords:

human dignity, aesthetics, education, ethics, philosophy.

Resumo

Este artigo de reflexão, derivado de uma pesquisa, faz alusão à teoria kantiana para problematizar aqueles elementos que poderiam levar à repetição de práticas excludentes, como as ocorridas em Auschwitz. Dessa forma, são apresentadas as ideias de Kant que poderiam ajudar a evitar tais genocídios, abordadas a partir de três críticas do livro O Sonho de Eichmann, de Michel Onfray. Primeiro, trata-se da crítica feita ao filósofo por promover a ideia de “obediência cega” e sua negação ao direito de rebelião. Em resposta, argumenta-se que, embora o mandato ético envolva o cumprimento das leis, estas são inspiradas em uma forma de governo republicana e não no contexto do totalitarismo, razão pela qual a educação em Kant deve ser orientada para o cultivo da razão e da crítica. Segundo, mostra-se que a dignidade em um sentido kantiano não é inalienável e que, ao contrário, justificou práticas excludentes que resultaram em extermínios. Neste ponto, sustenta-se que tal dignidade não está ligada à classe social e pode ser aprimorada através da educação. Finalmente, aborda-se a crítica à “ideia distante da realidade” que Kant possui. Como válvula de escape, propõe-sea importância de uma formação sobre o bom, o belo e o verdadeiro. Conclui-se que Kant continua relevante para refletir pedagogicamente sobre questões contemporâneas, como a possível repetição de Auschwitz.

Palavras-chave:

dignidade humana, estética, educação, ética, filosofía.

Introducción

En 1724, Immanuel Kant nace en Königsberg, Reino de Prusia, el cual pasaría a ser un Estado Alemán en 1871. Hoy, trescientos años después de su natalicio, dicha ciudad queda en lo que se conoce como Kaliningrado, parte de Rusia. Este pensador prusiano, y también considerado alemán, ha ejercido una gran influencia en la Filosofía, en la Política, en el Derecho, en la Antropología y en la Pedagogía occidental. Son innumerables sus seguidores y contradictores, pero lo cierto es que su pensamiento se ha convertido en una base para la generación de nuevo conocimiento, a la par de ser un referente importante para pensar en problemas contemporáneos que tengan que ver con los vínculos que tejen los seres humanos en términos éticos y políticos.

Sin lugar a duda, se podría decir que Kant fue un pensador adelantado para su época. Quizá, el ensayo “¿Qué es la ilustración?”, el cual se encuentra en el libro Filosofía de La historia de Kant, es uno de los textos más conocidos en la educación. No obstante, sería importante abordar obras como La Metafísica de las Costumbres, Fundamentación para una metafísica de las costumbres, Crítica del Juicio, Sobre Pedagogía, Teoría y Práctica, por mencionar algunas, que se trabajarán a lo largo de este artículo. Todo esto, para explorar con mayor profundidad el pensamiento kantiano a la luz de problemáticas actuales en la educación como las condiciones de posibilidad para la repetición de genocidios como el acontecido en Auschwitz.

Auschwitz fue un complejo de campos de concentración, en donde se detuvieron y maltrataron a las personas consideradas enemigas, y también de campos de exterminio, donde se asesinó a los detenidos de forma sistemática, durante el Holocausto Nazi, convirtiéndose en uno de los significantes más renombrados al hablar del Nacionalsocialismo, movimiento que llevó a la generación de lo que se conoció como la Segunda Guerra Mundial acaecida entre 1939 y 1945, a mediados del siglo xx.

La idea del Nacionalsocialismo tiene su emergencia en pleno corazón de Alemania, paradójicamente en un territorio que no era ajeno a las ideas kantianas. De ahí que muchas de las críticas que se realizan a Kant estriban en la idea del progreso moral, en la inoperancia de sus imperativos categóricos, en el énfasis que hace el autor a la obediencia de las leyes, en su negativa al derecho de rebelión y, por tanto, la subordinación acrítica hacia la autoridad, la idea de que la dignidad ha mostrado históricamente que es una construcción social y no es inalienable como él lo planteaba, el mundo alejado desde el que escribía sin tener en cuenta la realidad; entre otras críticas que han construido la imagen de una teoría kantiana abstracta, obtusa y obnubilada.

Por lo anterior, no es un detalle menor analizar casos en los que se ha tratado a Nazis como kantianos: “los nazis kantianos”. Un ejemplo histórico bien conocido es el caso de Eichmann, teniente coronel alemán que hacía parte del Partido Obrero Nacional Socialista Alemán, también conocido como el partido Nazi. Eichmann participó activamente en la organización de las deportaciones de los judíos y de la logística para su traslado a los campos de concentración y exterminio.

En el libro Eichmann en Jerusalen Hannah Arendt (2013) señala que, en el juicio llevado a cabo en dicha ciudad, Eichman se defendió en reiteradas ocasiones bajo la premisa de que él había actuado siguiendo órdenes, es decir, por obediencia, declarándose a sí mismo kantiano.

Al respecto, Michel Onfray (2021), filósofo francés, redacta un libro denominado El sueño de Eichmann: Precedido de un kantiano entre los nazis. Esta obra pertenece a los géneros literarios de la filosofía y de la crítica literaria. En este libro, el autor examina cuestiones filosóficas y éticas relacionadas con el Holocausto, la filosofía de Immanuel Kant y la persona de Adolf Eichmann, una figura clave en la planificación del holocausto. En específico, en el libro se da una conversación imaginaria en la que Kant va del pasado al momento en que Eichmann se encontraba detenido, a vísperas de ser condenado. En esta conversación, Eichmann le atribuye la culpa a Kant porque, si bien siguió su teoría obedeciendo las leyes y siendo fiel a su patria, tal como se esperaba con su mandato ético, iba a ser condenado.

En este se muestran claramente las tensiones que gravitan alrededor de la obra kantiana que, como se especificará más adelante, tienen que ver con la obediencia, la dignidad y el razonar alejado de la realidad, por mencionar tres de muchas otras críticas representativas. A continuación, se mencionan estas tres críticas que se realizan a la teoría kantiana y las posibles válvulas de escape a la luz de la necesidad de no repetir Auschwitz.1

La crítica alrededor de la obediencia

Suele asociarse a Immanuel Kant con el significante “obediencia” debido a que su filosofía está basada en el deber. En palabras exactas del filósofo de Königsberg, se comprende que: “el concepto de deber es ya en sí el concepto de una coerción (coacción) del arbitrio libre por la ley; esta coacción puede ser o bien exterior o bien autocoacción” (Kant, 2012: 228 / aa vi: 379).

De acuerdo con lo anterior, Kant asocia el deber con la coacción, es decir, con la obligación de hacer algo ya sea por una ley jurídica o por un principio ético. Cuando se trata de una ley jurídica, se comprende que el límite ejercido es de afuera hacia dentro, verbigracia, aquellas leyes, decretos, códigos, entre otras normas que son de obligatorio cumplimiento. Cuando se hace referencia a los principios éticos, se puede pensar en la autocoacción, es decir, aquel límite ejercido de adentro hacia afuera para el cumplimiento de las normas. En otras palabras, dicha ley interna existe bajo una autocoacción, no necesariamente ligada a una coacción externa. La autocoacción se requiere en la medida que no es fácil ser virtuoso (aquel que sigue las leyes internas). Al decir de Kant (2009) “con una madera tan retorcida como es el hombre no se puede conseguir nada completamente derecho” (p. 51), razón por la que se requiere realizar un esfuerzo interno para oponerse al adversario de la virtud.2

Por lo anterior, se colige que las ganas de transgredir la ley moral (tanto interna como jurídica) y la resistencia a la obediencia a dicha ley moral caracterizan al ser humano. De aquí, se deduce que la obediencia no es connatural a la especie humana; se obedece porque así lo dicta la razón, pero no porque se quiere, de ahí la necesidad de su educación.

Es importante destacar que, en el libro Sobre pedagogía, Immanuel Kant hace alusión a la obediencia, dándole un lugar fundamental en términos de humanización. Para el autor, la educación tiene cuatro componentes importantes, entre los cuales se encuentra “el cuidado, (alimentación, conservación), la disciplina (crianza) y la instrucción junto a la formación” (Kant, 2008, p. 27).

Ahora bien, según Kant (2008) el hombre, al tener una tendencia hacia la insociable sociabilidad, solamente por medio de la educación puede llegar a ser hombre, esta educación implica pasar por la coacción hasta luego una autocoacción en tanto que pueda finalmente conducirse por sí mismo. En este proceso, se resalta que la coacción se ejerce de forma externa y por tanto requiere de la obediencia. Esta última se hace necesaria, en tanto existe un vínculo de dependencia y cuidado confiando en que quien detenta la autoridad busque con la coacción formar al otro para que algún día haga uso de su propia libertad.

Bajo esta lógica, se podría comprender que la obediencia es el acto por el cual el arbitrio sigue la ley moral (libre arbitrio).3 No en vano, etimológicamente la palabra obediencia significa saber escuchar (María Viejo, 2004), en este caso, saber escuchar la ley moral (tanto la jurídica como la interna).

El mandato ético por excelencia para Kant es el cumplimiento de las leyes, el cual se traduce en obediencia. Ahora bien, se cumplen las leyes por mandato externo (legalidad) o por autoacción (moralidad). Dicho de otro modo, se obedece siguiendo unas leyes jurídicas o se obedece siguiendo unas leyes morales internas. Estas primeras son jurídicas y las segundas éticas.

En este orden de ideas, cobra sentido la pregunta por los móviles ¿cuál es el móvil para obedecer? Se puede obedecer por ejemplo por temor al castigo, porque hay un incentivo o beneficio o por virtud intrínseca. En el caso de los tres primeros, se actúa bajo imperativos hipotéticos, es decir, aquellos en los que hay un mandato condicionado; se actúa bajo la premisa: X cosa la hago solo porque obtengo o pasa Y. En el último caso, se actúa bajo un imperativo categórico, aquel que es incondicionado y se puede expresar bajo la premisa: hago X cosa sin esperar a que suceda u obtenga Y.4 En términos del tema que viene desarrollándose alrededor de la obediencia, podría pensarse que se obedece conforme a un mandato condicionado o incondicionado (hipotético o imperativo); se puede obedecer por legalidad o se puede obedecer por moralidad.

Ahora bien, ¿qué pasa cuando lo que se obedecen son leyes inmorales? Me centraré en el caso de Eichmann bajo el nacionalsocialismo. Él se declaraba a sí mismo Kantiano y en esta misma línea, durante el juicio llevado a cabo en Jerusalén, se defendió diciendo que él había sido obediente y solamente había seguido órdenes. En El sueño de Eichmann de Michel Onfray (2021), Kant y Eichmann establecen una conversación hipotética, en la que el último sostiene lo siguiente:

Mi problema no era el contenido de la máxima, sino la máxima misma. Me daban órdenes; yo debía obedecerlas. No tenía que examinarlas, discutirlas, ni cometerlas. No tenía que examinar su legitimidad. Yo pertenecía al ejército y usted es quien lo dice, como me lo repitió tantas veces mi padre, el soldado no tiene que discutir las órdenes que recibe. Si no, ¿adónde iríamos a parar? Por otra parte, si en aquella época me hubieran dicho: “Tu padre es traidor, debes matarlo”, yo lo habría hecho… Pues hallaba en la obediencia una forma de realización personal. Usted decía, creo, que al desobedecer una persona descalifica la fuente del derecho y que, a partir de entonces, ya nada es posible (...). (p. 54)

Ante este cuestionamiento el Kant de Onfray afirma:

En efecto, en efecto…(Silencio.) Pero, aun así, usted podría haber ejercido su juicio sobre el contenido de la máxima, ¿no? No se le pide que sea una máquina, que obedezca sin reflexionar. Por lo menos yo no pido eso… ¡De todos modos! (Hace una pausa.) ¿Nunca aplicó usted su inteligencia a analizar el contenido (hace un movimiento con un dedo como para subrayar la importancia de la palabra) de esta máxima? ¿Nunca? ¿Verdaderamente? Si yo hubiese tenido que contentarme con hacer el elogio de una obediencia ciega y estúpida, ¿qué necesidad habría tenido de escribir tantos libros? ¿Y de complicar tanto el razonamiento y precisar de tal modo los detalles? (p. 54)

Ante esto, Eichmann responde que, si bien reflexionó el contenido de la máxima “él deber (lo) obligaba a obedecerla”, y cita la frase en la que Kant alude al peligro de que un oficial razone sobre una orden en términos de su utilidad u oportunidad, en este caso él sería el oficial y Müller era su superior jerárquico; debía obedecerlo según la teoría kantiana.

Aunque se trata de una obra literaria, recoge en gran medida las críticas que se le han hecho a Kant, crítica que se resume en que Kant promueve la obediencia a ciegas, la negativa al derecho de rebelión y la sujeción acrítica a la autoridad (Friedrich Nietzsche, 2015; e indirectamente Marx y Engels, 2015; Foucault, 1976). Ahora bien ¿es culpable Kant de promover la obediencia a ciegas y por tanto de dar lugar en su teoría a fenómenos como el acontecido con el exterminio judío?

Adorno, Frenkel, Brunswik, Levinson y Sanford (2006) de la Escuela de Frankfurt realizaron una investigación social alrededor de La personalidad autoritaria. En dicha investigación se descubrió que una de las características de la personalidad autoritaria era “la obediencia ciega”, la cual consistía en seguir órdenes sin cuestionarlas, ni pensar por sí mismo. Dicha obediencia a ciegas es la que posibilitó en gran parte el fenómeno del nacionalsocialismo, puesto que se tuvo una sumisión acrítica a la autoridad.

De esta forma, ante la crítica directa que en El Sueño de Eichmann se realiza a Kant, se muestra a un Eichmann perjudicado por la obediencia a las leyes y por el mandado aludido a que un oficial debía obedecer siempre las órdenes. Al respecto, José Ramón Catalán (2014) afirma:

Eichmann nunca desobedeció una orden, era su deber y lo cumplía a la perfección. ¿Por eso era kantiano? A mi juicio, no. Kant es un hombre del siglo xviii y Eichmann, del xx, lo que no debe olvidarse porque el filósofo de Könisberg es hijo del despotismo ilustrado y arrastraba las contradicciones de ese espíritu (…) Si Kant hace tanto hincapié en la obediencia, no es pensando en el mundo militar, sino en el mundo de la razón. (p. 126)

Teniendo en cuenta lo anterior, la obediencia kantiana está pensada en el mundo de la razón y, por tanto, en el seguimiento de la ley moral. De esta forma, se encuentran tres válvulas de escape.

Obedecer sí, pero las leyes a las que se haya dado consentimiento dentro de una forma de gobierno republicana

Kant en su libro de Teoría y Práctica y en la Metafísica de las Costumbres sostiene que debemos obedecer incondicionalmente incluso al peor tirano. Frente a este punto, es importante mencionar que el filósofo alemán plantea textualmente:

Contra la suprema autoridad legisladora del Estado no hay, por tanto, resistencia legítima del pueblo; porque sólo la sumisión a su voluntad universalmente legisladora posibilita un estado jurídico; por tanto no hay ningún derecho de sedición (seditio), aún menos de rebelión (rebellio), ni mucho menos existe el derecho de atentar contra su persona, incluso contra su vida (monarchomachismus sub specie tyrannicidii), como persona individual (monarca), so pretexto de abuso de poder (tyrannis). El menor intento en este sentido es un crimen de alta traición (proditio eminens) y el traidor de esta clase ha de ser castigado, al menos con la muerte, como alguien que intenta dar muerte a su patria (parricida). La razón por la que el pueblo debe soportar, a pesar de todo, un abuso del poder supremo, incluso un abuso considerado como intolerable, es que su resistencia a la legislación suprema misma ha de concebirse como contraria a la ley, incluso como destructora de la constitución legal en su totalidad (...). (Kant, 2012: 151 / aa vi: 319)

Lo anterior, muestra que en efecto para el autor no es posible pensar en un derecho de sedición ni tampoco de rebelión. El primero, alude según la rae a ir en contra de la autoridad, el ordenamiento público o militar de manera violenta, pero no es tan grave como la rebelión. El segundo, de acuerdo también con la rae se refiere a un delito directo contra el ordenamiento público que busca derrocar los poderes del Estado y, por tanto, es penalizado por la ley. En ambos casos, Kant muestra su desacuerdo con la desobediencia civil.

La negativa del autor frente a sublevarse ante un poder supremo termina siendo cuestionable bajo la perspectiva histórica de lo acontecido con el holocausto Nazi, pareciese que, bajo el lente kantiano, los ciudadanos, especialmente los judíos, no tenían otra alternativa que soportar el abuso del poder supremo, en este caso del Führer, incluso hasta llegar a la muerte. En este orden de ideas, pareciera no existir otro camino posible que acatar el ordenamiento jurídico del momento, ya que la constitución es soberana y está por encima del pueblo, quien es su súbdito. Quedan entonces las preguntas: ¿la rebelión y la sedición para los ciudadanos judíos y no judíos que estuvieran en desacuerdo con el Nacionalsocialismo, no sería posible de acuerdo con Kant? En otras palabras ¿tendrían que acatar perpetuamente las leyes, aunque estas implicaran su exterminio?

Estas preguntas son válidas, no obstante, requieren del siguiente contexto. La obediencia en un sentido kantiano se puede comprender como el cumplimiento de la ley moral pero dentro de un contexto republicano. Esto quiere decir, que cuando se refiere a obedecer tanto las leyes, no establece esto dentro del contexto de un gobierno autoritario y mucho menos de un totalitarismo como el acontecido con el Nacionalsocialismo. Ahora bien, tampoco el régimen Nazi fue previsto por Kant, porque él nació en el siglo xviii, “es hijo del despotismo ilustrado” y el Nazismo ocurrió en el siglo xx.

De lo anterior, se colige que la importancia dada por el filósofo de Königsberg a la obediencia de las leyes es en el marco del republicanismo. Es importante aclarar que dicho republicanismo no es una forma de soberanía (Autocrática, Aristocrática o Democrática), sino una forma de gobierno, que se refiere “al principio de Estado de la separación del poder ejecutivo (del Gobierno) del legislativo” (Kant, 2012, p. 57). Partiendo de esta idea, se concibe que la forma de gobierno republicana es la más relacionada con la constitución originaria,5 porque es la única “constitución política que establece que la ley ordena por sí misma y no depende de ninguna persona en particular” (2012: 179 / aa vi: 341).6 Asunto distinto al acontecido en la Alemania Nazi, en que las leyes dependían del Führer.

En este sentido, no basta con conocer, sino que se requiere reflexionar sobre el imperativo categórico: “Obra sólo según aquella máxima por la cual puedas querer que al mismo tiempo se convierta en una ley universal” (Kant, 2015b: 126/ aa iv: A53), ya que Eichmann afirmaba conocerlo, pero, en la práctica, parecía seguir otro imperativo parecido al de Hans Frank, alto funcionario nazi condenado y ejecutado en 1946, “Compórtate de tal manera que si el Führer te viera, aprobaría tus actos” (Catalán, 2014, p. 122).

Pese a lo anterior, es importante dejar claro que aún bajo una forma de gobierno republicana para Kant no es posible pensar en un derecho de rebelión ni de sedición, esto porque tendría que haber una ley pública que autorizara dicha rebelión y esto contradeciría el Derecho. Ante esta situación surgen preguntas como: ¿se sigue promoviendo la obediencia a ciegas bajo esta premisa? y, por tanto, ¿acaso esto no fue lo que posibilitó el holocausto Nazi? ¿Qué garantiza que bajo una forma de gobierno republicano no se den las condiciones de posibilidad para la repetición de Auschwitz?, ¿los ciudadanos no tendrían derecho a la crítica o a decir “no estamos de acuerdo”? Las respuestas son que en el gobierno republicano habría obediencia, pero solamente a las leyes a las que los mismos ciudadanos hayan dado su consentimiento, y para la no repetición de Auschwitz tendría que existir siempre la posibilidad de la crítica a las leyes, la cual en el corpus kantiano sí es posible, pero no por medio de lo que Kant llama una resistencia activa, sino por medio de una resistencia pasiva:

Por tanto, un cambio en una constitución política (defectuosa), que bien puede ser necesario a veces, sólo puede ser introducido por el soberano mismo mediante reforma, pero no por el pueblo, por consiguiente, no por revolución, y si se produce, sólo puede afectar al poder ejecutivo, no al legislativo. -En una constitución política elaborada de tal modo que el pueblo mediante sus representantes (en el parlamento) puede oponer resistencia legalmente al poder ejecutivo y a su representante (al ministro) —constitución que en tal caso se llama restringida— no está permitida, sin embargo, la resistencia activa (del pueblo arbitrariamente unido para forzar al gobierno a una determinada acción, por tanto, para realizar él mismo un acto de poder ejecutivo), sino sólo la resistencia negativa, es decir, la negativa del pueblo (en el parlamento) a acceder siempre a las exigencias cuya satisfacción presenta el gobierno como necesaria para la administración del Estado. (Kant, 2012: 154 / aa vi: 323)

De acuerdo con lo anterior, sí es posible la crítica, pero por medio de una resistencia pasiva, ya que la activa es la más relacionada con el derecho de sedición y el derecho de rebelión, mientras que esta última le da importancia a aquellos que están llamados a cambiar la legislación, es decir, en la resistencia pasiva el pueblo representado en el parlamento es quien puede presentar su “negativa” a lo que propone el gobierno. De esta forma, se colige que para Kant la desobediencia civil no es el camino para el cambio legislativo, sino que dicho cambio es posible mediante la crítica por medio del parlamento dentro de una forma de gobierno republicana y no bajo un totalitarismo.

¡Pensar por sí mismo!

La vida de Kant está enmarcada en el siglo xviii, es decir, en la época conocida con el nombre de la Ilustración. Al respecto, es bien conocido el texto que publica el autor en 1784 alrededor de la pregunta “¿Qué es la ilustración?” en la que se conoce la respuesta célebre dada por él en relación con que es la salida del ser humano de su culpable minoría de edad. Usa el término culpable minoría de edad, debido a que se nace con la posibilidad de pensar por sí mismo, Sapere Aude, es decir, en la naturaleza del ser humano se cuenta con la facultad de la razón y este decide si la cultiva o no, de ahí que se le pueda atribuir a alguien la culpa si resuelve no pensar por sí mismo. Se colige entonces, que el pensar por sí mismo se convierte en un camino para salir de la minoría de edad en términos figurativos.

Por lo anterior, desde el mismo ensayo, “¿Qué es la ilustración?”, queda claro que para Kant la importancia de pensar por sí mismo es fundamental. En otras palabras, Kant hace alusión a “hacer uso público de su razón íntegramente”. El filósofo afirma: “entiendo por uso público aquel que, en calidad de maestro, se puede hacer de la propia razón ante el gran público del mundo de lectores” (Kant, 2009, p. 28). Esto quiere decir que para Kant la crítica se reduce simplemente a la actividad de “escribir con pluma”. Pese a esto, la invitación que realiza es a “hablar en nombre propio” sirviéndose de su propia razón y en la crítica a lo establecido. Frente a este último punto, en la misma obra literaria de El sueño de Eichmann, Kant le interpela a Eichmann el no haber reflexionado sobre sus actos.

Al respecto, llama la atención el descubrimiento que hace Hannah Arendt, al seguir de cerca el juicio que se le hace a Eichmann en Jerusalén. La autora afirma que Eichmann no es ningún monstruo y que todos los seres humanos podemos potencialmente actuar como Eichmann ante una crisis económica como la que se vivió en los tiempos de la Alemania Nazi. Frente a este punto, Hannah Arendt (2013) introdujo la idea de la banalidad del mal, que sugiere que el mal puede ser cometido por personas ordinarias que siguen órdenes sin cuestionar moralmente sus acciones. Puede que no siempre sean monstruosos, pero pueden actuar insensible y rutinariamente en sistemas burocráticos o autoritarios, abdicando su deber moral en el proceso.

Ahora bien, esto no exime de la responsabilidad a Eichmann al decir de Arendt, pues hizo todo lo posible para ingresar e ir avanzando dentro de los niveles de jerarquía del partido Nacionalsocialista y además como afirma ella misma citada por Catalán (2014):

no pensar podía ser más peligroso, y esto lo aprendió de Eichmann. Y es que las respuestas de este criminal nazi le convencieron de que el mal no es radical, sino que es banal, que el peligro está tan cerca de nosotros que no lo vemos, que la monstruosidad del siglo xx no fue perpetrada por monstruos, sino por hombres vulgares, incapaces de pensar, fieles cumplidores de órdenes (...). (p. 149)

En síntesis, se comprende que es una acción ética el obedecer el derecho por deber intrínseco pero dicha obediencia requiere ir acompañadas del pensamiento y de la crítica. Dicho de otra manera, para no caer en la obediencia a ciegas y los peligros de la banalidad del mal, se requiere de la facultad de juzgar, tal como se abordará en el apartado tres de este artículo.

Relación entre la lógica jurídica y el curso de la historia

Frente a la crítica que se le hace a Kant (2009), en relación con su negativa al derecho de rebelión y a la insistencia en la obediencia, resumida en la afirmación del autor en alusión al rey Federico, “Razonad todo lo que queráis y sobre lo que queráis, pero obedeced” (p. 37) es importante aclarar que el filósofo hace un argumento contra el derecho a rebelarse desde una lógica jurídica.

Lo anterior, a la luz de la obra de El sueño de Eichmann, es esclarecido por Catalán (2014, p. 128) de la siguiente manera:

Onfray habla de deber y de obediencia, pero olvida que Kant fue un ferviente defensor de la Revolución Francesa. ¿Cómo salir de esta presunta incoherencia? Podemos encontrar dos. Veamos la primera. Uno de los mayores expertos en Kant, Roberto Aramayo, escribe en el prólogo de ¿Qué es la Ilustración?: La interpretación más plausible —a mi parecer— es la de F. González Vicén, para quien no se trata de una contradicción o una inconsecuencia, sino de una doble perspectiva de uno y el mismo problema, advirtiendo que no debe confundirse una valoración de un hecho histórico con el enjuiciamiento del mismo problema bajo la luz de una insobornable lógica jurídica. (p. 128, énfasis agregado)

La segunda salida que plantea Catalán (2014) estriba en la referencia a que Onfray olvida la obra Si el género humano se halla en progreso constante hacia mejor, en la que Kant señala su simpatía por la revolución:

Esta revolución de un pueblo lleno de espíritu, que estamos presenciando en nuestros días, puede triunfar o fracasar, puede acumular tal cantidad de miseria y de crueldad que un hombre honrado, si tuviera la posibilidad de llevarla a cabo una segunda vez con éxito, jamás se decidiría a repetir un experimento tan costoso, y, sin embargo, esta revolución, digo yo, encuentra en el ánimo de todos los espectadores (que no están complicados en el juego) una participación de su deseo, rayana en el entusiasmo, cuya manifestación, que lleva aparejada un riesgo; no puede reconocer otra causa que una disposición moral del género humano. (Kant, 2009, p. 28)

Frente a lo anterior, se comprende que Kant incluso considera la posibilidad de la rebelión como un llamamiento de la naturaleza para establecer una disposición moral del género humano. En este sentido, Kant cree por ejemplo que una constitución, desde una lógica jurídica, no puede contradecirse a sí misma diciendo que puede disolverse mediante revolución, pero reconoce desde la valoración de un hecho histórico que las revoluciones pueden ser un medio para promover una mayor igualdad jurídica.7

La crítica acerca del concepto de dignidad

A lo largo de los años le han realizado a Kant una de las críticas más fuertes en relación con la dignidad, la cual se resume en que es abstracta, difusa y alienable (Schopenhauer, 2023; Friedrich Nietzsche, 2015; Scheler, 2000; Nussbaum, 2014, entre otros).

Es sabido que en el nazismo la raza aria terminó teniendo primacía sobre las demás, como si tuviera una “dignidad” y las otra no. Aquellas razas que quedaban excluidas como la judía terminaban siendo reconocidas con un valor inferior, razón por la cual, terminaban siendo instrumentalizadas en los campos de trabajo y sometidas a exterminio.

Por lo anterior, con Auschwitz —dicen los críticos de Kant— se demuestra una vez más que la dignidad puede ser arrebatada o transferida y por tanto no es intrínseca ni inherente a cada persona por el solo hecho de ser humano. En el caso de la Alemania Nazi, “carecían de dignidad” los judíos al igual que todos aquellos que eran considerados indeseables (como lo fueron los gitanos, personas en situación de discapacidad, los testigos de Jehová, los homosexuales y los opositores políticos).

Esta idea de la dignidad como lo que se puede detentar o de lo que se puede carecer tiene uno de sus orígenes en el contexto del Imperio Romano. En palabras de García, citado por Ríos (2011) “la dignitas romana está directamente relacionada con la posición política y social, por lo que apunta a un valor excluyente, concedido a quienes parte del mundo de la política y de la alta sociedad” (p. 59). De esta forma, se trata de una dignidad estratificada que se podía tener, perder, disminuir, aumentar, restituirse como si se tratara de algo que se quita o se pone.

Para Kant, a diferencia de lo que se planteaba en el Imperio Romano alrededor del concepto de dignidad, esta no nos hace diferentes sino antes bien iguales. Es importante resaltar que la dignidad no es un concepto menor en la teoría kantiana. Todo lo contrario, para el filósofo de Königsberg, se trata de un principio fundamental, razón por la cual, una crítica a la dignidad humana es una crítica al corazón de su filosofía moral. En la Fundamentación de la Metafísica de las Costumbres, Kant sostiene:

el hombre y en general todo ser racional existe como un fin en sí mismo, no simplemente como un medio para ser utilizado discrecionalmente por esta o aquella voluntad, sino que tanto en las acciones orientadas hacia sí mismo como en las dirigidas hacia los otros seres racionales el hombre ha de ser considerado siempre al mismo tiempo como un fin. (Kant, 2015b: 137/ aa iv: A64)

Lo anterior, se ve reflejado en la siguiente fórmula del imperativo:

Obra de tal modo que uses a la humanidad, tanto en tu persona como en la persona de cualquier otro, siempre al mismo tiempo como fin y nunca simplemente como medio. (Kant, 2015b: 139/ aa iv: A67)

Estas citas quieren decir que el mandato incondicional es tratar a la humanidad en los demás y en uno mismo (su rasgo universal, por tanto), como un fin en sí mismo. Reconocer la dignidad del otro, es entonces respetar la humanidad que hay en él. Pero ¿qué pasa cuando el otro no es reconocido como humano? Aquí se complejiza la teoría kantiana, ya que es comprensible la necesidad de respetar a las personas, pero si son consideradas como “cucarachas” o “ratones” tal y como pasaba con los judíos en la Alemania Nazi ¿cómo aplicar esta teoría? Los judíos y demás grupos indeseables a los ojos de los Nazis no eran considerados humanos, por tanto, se les veía como si no tuvieran dignidad, en esto se resume la crítica que se le hace a Kant.

Frente a lo anterior, es importante aclarar que la dignidad se puede comprender en dos perspectivas desde el corpus kantiano. En la primera perspectiva, se entiende a la dignidad como un derecho adquirido. Desde esta perspectiva, los decretos y leyes8 no deben buscar la instrumentalización de la persona. Una persona es “un ser provisto con una facultad de la razón práctica y conciencia de su libre albedrío” (Kant, 1991, p. 281).

De acuerdo con la anterior definición, se puede comprender que los judíos y demás grupos indeseables, no es que no tuvieran dignidad ya que son personas en un sentido kantiano. El problema era que dicha dignidad no les era reconocida jurídicamente en la Alemania Nazi y esto no es culpa de Kant porque una constitución kantiana —la cual sería republicana— encuentra su límite en el contrato originario. A su vez, una constitución kantiana está basada en el principio de la dignidad.

En la segunda perspectiva, se comprende tal y como lo argumenta Kant en la Metafísica de las Costumbres que:

El respeto que tengo por otros o que otro puede exigirme es el reconocimiento de una dignidad (dignitas) en otros hombres, es decir, el reconocimiento de un valor que carece de precio, de equivalente, por el que el objeto valorado (autoestima) pudiera intercambiarse. (...) Así pues, de igual modo que no puede autoenajenarse por ningún precio (lo cual se opondría al deber de la autoestima), tampoco puede obrar en contra de la autoestima de los demás como hombres, que es igualmente necesaria (...). (Kant, 2012: 335-336 / aa vi: 462)

De esta forma, el reconocimiento de la valía propia y del otro tienen que ver con la dignidad en tanto se asume a la humanidad como un fin en sí mismo. Para Kant, se puede evidenciar el concepto de dignidad ya sea porque existe un deber para sí mismo; que el hombre “tenga en su interior una cierta dignidad” o porque se busca el respeto hacia la dignidad de los otros, en lo que el autor llama los deberes hacia los otros, tal y como se abordará en el tercer apartado. El deber para sí mismo se encuentra sustentado en la Doctrina de la Virtud, al interior de la Metafísica de las Costumbres. En este libro, Kant señala que:

en lo que respecta al deber del hombre hacia sí mismo considerado únicamente como ser moral (sin atender a su animalidad), tal deber consiste en lo formal de la concordancia de las máximas de su voluntad con la dignidad del hombre en su persona; por tanto, en la prohibición de despojarse del privilegio de un ser moral, que consiste en obrar según principios, es decir, despojarse de la libertad interna, convirtiéndose en juego de meras inclinaciones y, por tanto, en cosa. Los vicios que se oponen a este deber son: la mentira, la avaricia y la falsa humildad (el servilismo). Estos vicios adoptan principios que contradicen directamente (ya por su misma forma) al carácter del hombre como ser moral, es decir, la libertad interna y la dignidad innata del hombre (...). (Kant, 2012: 278-279 / aa vi: 217, énfasis agregado)

Ante esta perspectiva, lo que se comprende es que el deber hacia sí mismo está enmarcado en la concordancia entre los principios que guían la facultad de desear fundamentada en la razón con la dignidad del hombre, la cual en palabras textuales de Kant es innata. Frente a este punto, se colige que la dignidad es inalienable y por tanto no es una construcción social; no es que algunos la tengan y otros no. El hecho que en la historia se encuentren casos en los que el hombre se instrumentalice a sí mismo y al otro, como ha sucedido desde los inicios de la humanidad, no quiere decir que Kant se equivocó, ni mucho menos que el ser humano no tenga la posibilidad de tratarse y tratar al otro como un fin en sí mismo.

De manera paradójica, aquí se ve que quienes critican a Kant por su concepto de dignidad y su “inoperancia” en el contexto Nazi u otras catástrofes humanas, lo hacen desde el mismo reconocimiento de la dignidad. Porque solamente desde el reconocimiento de la dignidad se puede tener empatía por el sufrimiento del otro; si no nos doliera el irrespeto hacia al otro por el solo hecho de ser persona, no habría reconocimiento de la dignidad del otro, de ahí que dicho reconocimiento sea potencialmente educable por medio de la comprensión sobre los deberes hacia sí mismo y hacia los demás.

Al respecto, Clara Ríos (2011) argumenta que:

no se puede perder de vista que la dignidad humana es una predisposición natural por desarrollar, y que en un ambiente en el que primen la desigualdad ante la ley y la insatisfacción de las necesidades básicas, es mucho más lenta y difícil la ampliación de los umbrales de la dignidad. (p. 84)

Teniendo en cuenta esta cita, todos nacemos con la dignidad, como predisposición natural que es susceptible de ser potenciada en su reconocimiento, es decir, sus umbrales pueden ser ampliados o pueden ser reducidos dependiendo del reconocimiento jurídico que esta tenga como fue en el contexto de la Alemania Nazi, en el que primaba la desigualdad ante la ley y no se suplían las necesidades básicas de todos. Ríos dice que esa inequidad moviliza la evolución del derecho por un intento de las personas de dignificar y moralizar la política y las leyes que se deriven de esta.

En concomitancia con lo anterior, Clara Ríos (2011) afirma que el reconocimiento de la dignidad de los otros requiere del cultivo del propio nivel de dignidad, el respeto hacia sí mismo. En otras palabras, si uno respeta la dignidad que tiene por el solo hecho de ser persona comprendiendo que tiene una valía que le hace ser insustituible y digno de respeto, por mecanismo de proyección, se hace más fácil reconocer la dignidad y por tanto la valía que tiene el otro.

Por otra parte, frente al caso analizado en el apartado anterior, de los nazis kantianos, y que está ilustrado en la figura de Eichmann, termina siendo relevante hacerse la pregunta: si Eichmann era kantiano ¿por qué no reconoció la dignidad de los judíos? No hay que olvidar que él aparece en el libro El sueño de Eichmann de Onfray como “una víctima de las ideas de Kant” (p. 77). Frente a este punto, afirma Catalán (2014):

El ser humano tiene dignidad, nunca precio. Eichmann no entendió nada de esto ni podía entenderlo, porque nunca pensó. Si alguien que se declaraba kantiano por haber vivido su vida según el imperativo categórico ignoraba el contenido de esta base y fundamento de los demás, simplemente mentía o lo ignoraba, de ahí la indignación de Hannah Arendt. (p. 124)

Eichmann desconocía el fundamento del imperativo categórico, es decir, el reconocimiento de la dignidad humana. En palabras de Adela Cortina, citada por Catalán (2014), “este imperativo no es uno más, es la base, es el fundamento de los demás (...) la afirmación del fin en sí mismo no puede realizarse en ninguna sociedad que instrumentalice todas las cosas” (2014, p. 124). En síntesis, Eichmann no podría ser kantiano si desconocía la dignidad humana, la cual es fundamental en la filosofía moral de Kant.

Ante esta perspectiva, Onfray se equivoca al indicar que la falta de respeto de los nazis a la dignidad humana tal y como la entiende Kant es una prueba de que la dignidad humana no tiene validez. Toda vez que, para Kant, la falta de respeto a la dignidad humana de alguien no indica que no tenga dignidad, sino que la persona que la faltó violó esta formulación del imperativo categórico.

Ahora bien, no se puede desconocer que el concepto de dignidad se ha visto inútil y subjetivo (Formosa, 2017), ya que, al estar vinculado con la moral, se cuestiona su universalidad en tanto diversidad de culturas y contextos, y también se crítica que excluya a los seres no racionales. Razón por la cual, ante “lo abstracto” e “inoperante” que resulta ser el concepto se ha propuesto usar “conceptos más sencillos” de respeto hacia el otro en su autonomía. Pese a esto, el concepto de dignidad entendido desde la necesidad de su reconocimiento jurídico (dignidad adquirida) y como reconocimiento que tiene la otra persona por el simple hecho de ser persona y por el cual merece respeto (dignidad innata), la cual es potenciable mediante la formación de los deberes consigo mismo y los deberes con los otros, ofrece un abanico de posibilidades que, lejos de despreciar al otro mediante su instrumentalización y exterminio, permite potenciar la autoestima, el respeto y el trato justo, aspectos que sin lugar a dudas contribuirían a la no repetición de Auschwitz.

La crítica sobre el razonar alejado de la realidad

Kant es culpable —y con él también lo es el kantismo— de razonar alejado de la realidad del mundo, de la gente, de los hombres, como el habitante cándido del cielo de las ideas que tanto hacía reír a Aristófanes con la “camarilla platónica” (Michel Onfray, 2021, p. 42).

Otra idea que se tiene de la teoría kantiana es que es abstracta, obtusa, obnubilada y alejada de la realidad. El reflejo de ello se encuentra recogido en la obra literaria que he estado citando a lo largo del artículo, El Sueño de Eichmann. Le dice Eichmann a Kant:

¿Imaginó usted que alguna vez alguien pondría en práctica sus ideas y que, en esta perspectiva, hacía falta contar con lo real y con los hombres tales como son, antes que con lo real y los hombres tales y como deberían ser? (Silencio.) La prueba de la encarnación de sus ideas muestra su radicalidad invivible… Usted es el radical, cuando se preocupa más por las ideas puras que por los hombres impuros… Usted ha vivido con la cabeza en su famoso cielo estrellado y yo en el lodo del mundo, pero éste es el único mundo que existe… Usted es puro, por supuesto, limpio, evidentemente, pero nunca bajó del cielo de las ideas. Yo, por supuesto, por haber vivido en lo real, en la historia, en la materialidad de las cosas, soy impuro, sucio. Porque, he vivido… usted, Kant, ¿vivió alguna vez? (Onfray, 2021, p. 75)

Estos cuestionamientos que realiza Eichmann encierran la crítica que se le ha hecho al formalismo kantiano (Hegel, 2017; Schopenhauer, 2023; Nietzsche, 2015). Esta crítica se vincula con el señalamiento sobre una teoría basada en deberes y reglas universales que no tiene en cuenta casos particulares, consecuencias y el contexto en el que se aplica. En últimas, se le crítica a Kant el hecho de proponer reglas abstractas. No obstante, Kant argumenta en su libro Sobre Pedagogía, que:

Una idea no es otra cosa que el concepto de una perfección que todavía no se encuentra en la experiencia. Por ejemplo: ¡la idea de una república perfecta gobernada de acuerdo con las reglas de la justicia! ¿Es por ello imposible? Nuestra idea tiene que ser primero correcta; y luego, a pesar de todos los obstáculos que se le ponen en medio a su ejecución, ya no es en absoluto imposible. (Kant, 2008, p. 33)

La anterior cita, muestra la necesidad de plantear principios, leyes y reglas que el ser humano debería proponerse desde el dictado de su razón, pese a que son las condiciones subjetivas del mismo las que le irán mostrando los obstáculos y posibilidades para irse acercando a la realización de los ideales trazados. Pero sin principios ¿cómo sabría el Ser Humano hacia donde seguir caminando? Desde el lente kantiano, los principios ofrecen un conocimiento más amplio sobre lo que el hombre puede saber, puede hacer y puede esperar.

En correspondencia con lo anterior, Kant señala que el Ser Humano juzga sobre lo verdadero, lo bueno y lo bello. Estos tres tipos de juicios servirán para comprender cómo la teoría kantiana no está alejada de la realidad, sino que antes bien ofrece claridad y resistencia ante genocidios como el acontecido en la Alemania Nazi. Por esta razón, en este apartado se sostiene la necesidad de la formación sobre lo verdadero, lo bueno y lo bello.

Ahora bien, en relación con la formación, Kant no define realmente lo que entiende por este concepto salvo por algunas diferenciaciones que se logran inferir de su texto Sobre pedagogía, en la que se vincula dicha formación con la libertad, es decir con la posibilidad que el Ser Humano actúe libremente (Kant, 2008).

Formación sobre lo verdadero

La crítica sobre el formalismo de Kant es de fondo no solamente una crítica al autor sino al papel de la teoría, y en últimas este desprecio por la reflexión también es digno de análisis ya que puede llevar a una obediencia ciega y es caldo de cultivo para la repetición de Auschwitz. En el libro Teoría y práctica, Kant (2011) afirma que la teoría es un

un conjunto de reglas prácticas, siempre que tales reglas sean pensadas como principios, con cierta universalidad, y, por tanto, siempre que hayan sido abstraídas de la multitud de condiciones que concurren necesariamente en su aplicación. Por el contrario, no se llama práctica a cualquier manipulación, sino sólo a aquella realización de un fin que sea pensada como el cumplimiento de ciertos principios representados con universalidad. Por muy completa que sea la teoría, salta a la vista que entre la teoría y la práctica se requiere aún un término medio como enlace para el tránsito de la una hacia la otra, pues al concepto del entendimiento, concepto que contiene la regla, se tiene que añadir un acto de la facultad de juzgar por medio del cual el práctico distingue si algo cae bajo la regla o no. (pp. 3-4)

Teniendo en cuenta lo anterior, Kant argumenta que la teoría alude a reglas, es decir, principios que pueden universalizarse y que pueden aplicarse a la práctica, pero para lograrlo, se requiere de la facultad de juzgar. Al respecto, Kant distingue dos tipos de juicio: el determinante, que comprende lo específico bajo lo general, y el reflexionante, que se aleja de lo específico para descubrir lo general (2015a: 90/ aa vii: 180). Arendt, retomando a Kant, también realiza esa distinción (Arendt, 2013, p. 54), y añade que lo opuesto al juicio determinante es el prejuicio, en tanto que este último en un tiempo pasado era un juicio que si bien pudo tener cierta aceptación en su momento se fue trasladando a lo largo del tiempo sin el mayor reparo posible hasta imposibilitar una verdadera experiencia del presente (Arendt, 2013).

La capacidad humana del juicio le permite al ser humano “diferenciar” y, en el caso puntual de la cita sobre la teoría y la práctica, distinguir si algo está o no está bajo la regla (juicio determinante). De esta manera, para la no repetición de Auschwitz sería necesario formar en la facultad de juzgar sobre lo verdadero, interpelando los prejuicios que pueden llevar hacia la discriminación del otro y, en último término, hasta su exterminio. Dice Arendt (2013) que “si queremos disolver los prejuicios primero debemos redescubrir los juicios pretéritos que contienen, es decir, mostrar su contenido de verdad” (p. 54). En síntesis, la mejor forma de luchar contra la posibilidad de la repetición de genocidios es formando en lo verdadero, lo cual implica apelar al juicio determinante y, por ende, cuestionar los prejuicios que se hayan naturalizado.

Formación sobre la moral

En Sobre Pedagogía, Kant permite comprender que la formación requiere el cultivo del carácter moral (Vallejo, Álvarez y Castrillón, 2023), y esto según él es posible generando la comprensión de aquellos deberes que se han de cumplir para consigo mismo y en relación con los demás (Kant, 2018, p. 92), los cuales se mencionaron en el apartado anterior. Los deberes para consigo mismo consisten en que “el hombre tenga en su interior cierta dignidad que lo ennoblezca delante de todas las criaturas; y su deber es no negar en su propia persona esta dignidad de la humanidad” (Kant, 2008, p. 105). Por su parte, los deberes para con los otros se refieren: “al respeto y la estima por el derecho de los hombres (que) deben serle inculcados al niño ya desde temprano; y hay que cuidar mucho de que los ponga en práctica” (Kant, 2008, p. 106).

La formación del carácter no es trivial puesto que en ello consiste el papel de la pedagogía (Vallejo, Álvarez y Castrillón, 2023, p. 87). Pero para lograr la formación del carácter inteligible o de índole moral, Kant es claro en la necesidad de cultivar los deberes consigo mismo y los deberes hacia los otros, que por definición contienen el reconocimiento y por tanto la necesidad de formar a las personas en el respeto a la dignidad, la cual se abordó en el apartado número dos tanto en la perspectiva de reconocimiento jurídico (dignidad adquirida) como en el reconocimiento de la valía que se tiene o tiene la otra persona por el simple hecho de ser persona y por el cual merece respeto (dignidad innata), que al ser potenciada trabaja en contra de la instrumentalización y exterminios como el acontecido en Auschwitz.

Formación sobre lo bello

El juicio estético, que tiene como base fundamental lo subjetivo, es decir las representaciones referidas al sujeto y no al conocimiento del objeto,9 es un juicio reflexionante.10 Ahora bien, el juicio de gusto es estético, por tanto, es un juicio reflexionante.

Afirma Guyer (2003) que Kant se interesó desde 1771 por realizar una Crítica del gusto, tiempo en el que ni siquiera había publicado la Crítica de la razón pura, esto lo dice con base en las cartas enviadas a su estudiante Marcus Herz. Esto indica que la teoría del gusto no tiene un papel secundario en su pensamiento. Al respecto, Kant sostiene que “la definición del gusto que se pone aquí a la base es: la facultad de juzgar lo bello” (2015a: 113/ aa vii: 199).

Es importante mencionar que lo bello no está en el objeto sino en el sujeto que observa dicho objeto. En otras palabras:

Lo que determina lo bello no está pues, en el objeto, sino en el sentimiento del sujeto que contempla, conclusión que autoriza a hablar del problema de la formación del gusto (...) La facultad de juzgar estética, es decir, el gusto, necesita formación, ejercicio y corrección “mediante ejemplos diversos”, “ensayos, a menudo esforzados”, y de “un mejoramiento lento y muy penoso para hacer que esa forma llegue a ser adecuada”. (Ríos, 2015, p. 99)

Por lo anterior, al pensar en la formación sobre lo bello, se requiere volver la mirada sobre la formación del gusto, la cual permite juzgar sobre lo bello, esto último no está en el objeto mismo, sino en el sujeto y por tanto es susceptible de ser ejercitado.

Además, Ríos (2015) afirma que la formación del gusto “crea condiciones para la sociabilidad, por lo que favorece la formación de sociedad” (p. 100). Esto, ante la perspectiva de la no repetición de Auschwitz, permite comprender la necesidad de formar el gusto, en tanto se vincula con la comunicación, la sociabilidad y especialmente con el sensus communis. Este principio, también conocido como sentido común, busca la aprobación universal en lugar de las experiencias individuales y actúa como un sentido compartido por toda la humanidad (2015a: 154/ aa vii: 238).11 Este sentido común permite juzgar de manera objetiva y evitar el engaño provocado por circunstancias personales subjetivas.

Hannah Arendt (2003) amplía el concepto de sentido común de Kant, describiéndolo como una habilidad que nos permite comunicarnos e integrarnos en una comunidad. De igual manera, Arendt permite comprender que las máximas establecidas por Kant como “pensar por sí mismo”, “pensar en el lugar del otro” y “pensar siempre de acuerdo consigo mismo” son las mismas del sensus communis.

De esta forma, a la luz de la no repetición de Auschwitz, se sostiene la importancia de una formación del gusto, la cual por necesidad tendría que partir de esas tres máximas, ya que son la base del sentido común, es decir, del juicio estético reflexionante, que tiene en cuenta de forma a priori la representación de los demás al tomar una decisión. La primera máxima, pensar por sí mismo, se refiere a la necesidad de ser autónomo y, por tanto, no depender de los juicios de otros para la toma de decisiones. La máxima de pensar en el lugar del otro se refiere a tener en cuenta las opiniones de los demás y dejar de lado el egoísmo al tomar decisiones políticas. La tercera máxima, pensar siempre de acuerdo consigo mismo, se relaciona con la coherencia y la falta de contradicción en el pensamiento y la acción (Kant citado por Arendt, 2003). La formación de estas máximas, y en general del gusto, le posibilitaría al sujeto contemplar la belleza que se deriva de la búsqueda del bien común y las mejores formas de convivencia, evitando la repetición de atrocidades como las cometidas en Auschwitz y por personas como Eichmann, que en palabras de Catalán (2014) tenía una “incapacidad para considerar cualquier asunto desde el punto de vista de su interlocutor” (p. 112).

A modo de conclusión

Eichmann, siguiendo el relato de Onfray, se muestra como un funcionario que obedece sin interpelar las órdenes en el contexto de la Alemania Nazi y por tanto se declara un seguidor y a la vez víctima de la “teoría kantiana”. De esta forma, el libro El sueño de Eichmann plantea gran parte de las críticas que se le señalan a Kant, algunas de las cuales se recogen en tres grandes tensiones: la crítica alrededor de la obediencia, la crítica sobre el concepto de dignidad y la crítica sobre el razonar alejado de la realidad.

En relación a la primera crítica, se sostiene por un lado que si bien el mandato ético implica el acatamiento a las leyes, estas están inspiradas en una forma de gobierno republicana y no en el marco de un totalitarismo, razón por la que la educación en Kant ha de estar orientada hacia el cultivo de la razón, la crítica y, por tanto, al pensar por sí mismo bajo una obediencia cuyo horizonte sea la formación para la libertad actuando bajo autocoacción. En relación con el caso de Eichmann se concluye que si bien se basó en la obediencia no lo hizo en el contexto anteriormente descrito.

En relación con la segunda crítica, se comprende que existen unos deberes consigo mismo y unos deberes hacia los otros que implican el reconocimiento de la dignidad, esta última puede verse desde dos perspectivas. Una desde el reconocimiento jurídico y otra desde el reconocimiento de la valía que se tiene o tiene la otra persona por el simple hecho de ser persona y por el cual merece respeto, entendiendo que esta primera perspectiva habla de una dignidad que es adquirida y esta segunda se refiere a una dignidad innata. Se colige ante el análisis de Eichmann que este desconocía este principio de la teoría kantiana y, por tanto, uno de los fundamentos de la teoría kantiana.

En referencia a la tercera crítica, razonar alejado de la realidad de Kant, se comprende que esta es una crítica al formalismo en su filosofía moral. Se plantea así la necesidad e importancia de los principios, leyes y reglas como aquellos que ofrecen una idea hacia la cual conducir el curso de las acciones humanas con los obstáculos que puedan existir y se menciona los tres tipos de juicio que pueden ser formados para evitar la repetición de Auschwitz, a saber, el juicio sobre lo verdadero, lo bueno y lo bello. Frente al primero, se establece la importancia de apelar a la facultad de juzgar y disipar los prejuicios, frente al segundo se retoma la importancia de formar el carácter y para este los deberes consigo mismo y hacia los otros alrededor del respeto de la dignidad y el tercero muestra la importancia de formar el gusto, el cual bajo las máximas del sensus communis, posibilita que las personas actúen de acuerdo a un modo de pensar extensivo, que les permite representarse mentalmente lo que dirían los otros. Gracias a esta capacidad se puede abandonar el interés privado y buscar belleza en los intereses que benefician a todos en el marco de la sociabilidad, lo que podría evitar la repetición de Auschwitz y las actuaciones de los mal llamados Nazis kantianos como vimos con el caso de Eichmann

Referencias

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  13. Kant I. La Metafísica de las Costumbres. Tecnos. 2012.
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Este artículo es una reflexión derivada de la investigación titulada: “Narrativas de estudiantes, padres de familia, docentes y directivos acerca de procesos de inclusión-exclusión educativa en estudiantes de extra edad en la Institución Educativa Monseñor Francisco Cristóbal Toro en contextos de pandemia”, llevada a cabo por Edison Francisco Viveros Chavarría, Isabel Cristina Vallejo Merino y Eyesid Álvarez Bahena. Esta investigación fue financiada por la Universidad Católica Luis Amigó en el año 2021.
La no repetición de Auschwitz es una frase que se hace extensiva para expresar el deseo de no volver a vivir un exterminio tan indignante como el acontecido en la Alemania Nazi. Se inspira en la afirmación de [xref ref-type="bibr" rid="r1"]Adorno (1998) [/xref]“la exigencia de que Auschwitz no se repita es la primera de todas en la educación” (p. 80). La expresión implica que la principal lección de la educación debe ser prevenir la repetición de atrocidades como el Holocausto en Auschwitz. Implica que la sociedad tiene que aprender sobre la historia para promover los valores humanitarios y prevenir nuevos genocidios.
La virtud es la capacidad y propósito deliberado de oponer resistencia al adversario de la intención moral: “la doctrina general de los deberes, en aquella parte que no ofrece la libertad externa, sino la interna bajo leyes es una doctrina de la virtud” (Kant, 2012: 230 / AA VI: 381).
El arbitrio se refiere a la facultad de desear “unida a la conciencia de ser capaz de producir el objeto mediante la acción [...] El arbitrio que puede ser determinado por la razón pura se llama libre arbitrio. El que solo es determinable por la inclinación (impulso sensible, stimulus) sería arbitrio animal (arbitrium brutum) [...] La libertad del arbitrio es la independencia de su determinación por impulsos sensibles; éste es el concepto negativo de la misma. El positivo es: la facultad de la razón pura de ser por sí misma práctica” ([xref ref-type="bibr" rid="r10"]Kant, 2012[/xref]: 16 / AA VI: 213).
La diferencia entre imperativos categóricos e imperativos hipotéticos Kant (2015 b) la expresa de la siguiente manera: “todos los imperativos mandan hipotética o categóricamente. Los primeros representan la necesidad práctica de una acción posible como medio para conseguir alguna otra cosa que se quiere (o es posible que se quiera). El imperativo categórico sería el que representaría una acción como objetivamente necesaria por sí misma, sin referencia a ningún otro fin [...] Si la acción fuese simplemente buena como medio para otra cosa, entonces el imperativo es hipotético; si se representa como buena en sí, o sea, como necesaria en una voluntad conforme de suyo con la razón, entonces es categórico” ([xref ref-type="bibr" rid="r14"]Kant, 2015 [/xref]b: 114/ AA IV: 40).
El contrato originario se refiere a “la ley fundamental, que solo puede emanar de la voluntad general (unidad) del pueblo” ([xref ref-type="bibr" rid="r12"]Kant, 2011[/xref], p. 34).
Si se quieren abordar las tensiones alrededor de la teoría kantiana sobre el republicanismo y sus válvulas de escape véase a Isabel Vallejo (2020).
Véase Isabel Vallejo (2020).
Inclusive, para Kant, las mismas leyes tienen una dignidad, es decir, un valor en sí mismas.
Las representaciones que aluden constantemente al objeto y permiten conocerlo aluden al juicio lógico.
Al respecto dice Arendt, “la facultad de juzgar se ocupa de particulares, que “como tales, en consideración a lo universal, encierran algo contingente” (2003, p. 33).
El sentido común no se basa en las experiencias cotidianas de cada persona, en aquello que le pasa, ya que como sugiere el autor “quiere justificar juicios que encierran un deber [ein Sollen]; no dice que cada cual estará conforme con nuestro juicio, sino que deberá estar de acuerdo” (2015a: 156/ VII: 240). Esto se debe a que, si bien el juicio del que parte es subjetivo, es también necesario para todos, lo que lo hace universal.
Vallejo-Merino, I. C. (2024). Tres críticas a Kant y sus válvulas de escape para no repetir Auschwitz. Pedagogía y Saberes, (61), 136-150

Citas

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Publicado

2024-07-01

Cómo citar

Vallejo-Merino, I. C. (2024). Tres críticas a Kant y sus válvulas de escape para no repetir Auschwitz. Pedagogía Y Saberes, (61), 136–150. https://doi.org/10.17227/pys.num61-20132

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